Decreto Nº 40699-S-MINAE ─ Modifica el Decreto Nº 33601-MINAE-S, Reglamento de vertido y reúso de aguas residuales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto modifica el Reglamento de vertido y reúso de aguas residuales, respecto a las frecuencias mínimas para la presentación de reportes operacionales y al plazo máximo para su entrega. Se dispone que los entes generadores cuyo efluente tenga un caudal promedio mensual menor o igual a 100 m3/día deberán presentar un reporte operacional cada seis meses, mientras que si es mayor a 100 m3/día deberán presentar un reporte operacional cada tres meses. Aquellos entes generadores que sólo viertan o hagan reuso de aguas residuales en periodos iguales o menores a cinco meses al año deberán presentar tres reportes equidistantes en el tiempo que dure cada ciclo de generación. Los entes generadores cuyas plantas de tratamiento reciban aguas residuales de entes generadores o líneas de producción diferentes, independientemente de su caudal, deberán presentar reportes operacionales cada mes.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 208, 3 de noviembre de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No