Decreto Nº 41526-S-MINAE-H ─ Modifica el Decreto Nº 37567-S-MINAET-H, Reglamento General de la Ley Nº 8839, Ley para la gestión integral de residuos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto modifica el Reglamento General de la Ley para la gestión integral de residuos, con la finalidad de que las definiciones, procedimientos, y requisitos en materia de manejo integral de residuos sean congruentes con las definidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y de que los trámites de registros y autorizaciones relacionados con el manejo integral de residuos, establecidos en el Reglamento a la Ley para la gestión integral de residuos se realicen de forma digital mediante la plataforma del Sistema Nacional de Información para la Gestión Integral de Residuos (SINIGIR), con el fin de simplificar el trámite para resolver las gestiones de los ciudadanos.
Se modifica el Artículo 47°, sobre los Requisitos para el registro de gestores, que queda redactado así: "Créase el Registro de Gestores en el Ministerio de Salud. Los requisitos para registrarse como gestor son los siguientes: a) Contar con permiso sanitario de funcionamiento vigente para la etapa de gestión de manejo de residuos correspondiente el cual será verificado durante el proceso de registro. b) Pagar el monto respectivo por concepto de registro, establecido en este reglamento. c) Contar con el programa de gestión integral de residuos, en su calidad de generador de residuos y un diagrama de flujo de su proceso, los cuales son requisitos del permiso sanitario de funcionamiento. d) Para aquellos solicitantes para la gestión de la actividad de valorización, desensamblaje, tratamiento y disposición final, deberán de indicar la capacidad instalada para una o varias de las actividades solicitadas, en su programa de gestión integral de residuos. Las municipalidades que prestan directamente los servicios en gestión integral de residuos están exoneradas de registrarse como gestores.”
Se modifica el Artículo 47°, sobre los Requisitos para el registro de gestores, que queda redactado así: "Créase el Registro de Gestores en el Ministerio de Salud. Los requisitos para registrarse como gestor son los siguientes: a) Contar con permiso sanitario de funcionamiento vigente para la etapa de gestión de manejo de residuos correspondiente el cual será verificado durante el proceso de registro. b) Pagar el monto respectivo por concepto de registro, establecido en este reglamento. c) Contar con el programa de gestión integral de residuos, en su calidad de generador de residuos y un diagrama de flujo de su proceso, los cuales son requisitos del permiso sanitario de funcionamiento. d) Para aquellos solicitantes para la gestión de la actividad de valorización, desensamblaje, tratamiento y disposición final, deberán de indicar la capacidad instalada para una o varias de las actividades solicitadas, en su programa de gestión integral de residuos. Las municipalidades que prestan directamente los servicios en gestión integral de residuos están exoneradas de registrarse como gestores.”
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 15, Alcance 15, 22 de enero de 2019.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No