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Decreto Nº 42775-MINAE — Guía general para la valoración de los impactos ambientales generados por la actividad de maricultura y formularios por categoría.

Country
Type of law
Regulation
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Abstract
El presente Decreto aprueba la Guía general para la valoración de los impactos ambientales generados por la actividad de maricultura y los formularios por categoría, que se aplica para la valoración de los impactos ambientales, concretamente los Estudios de Impacto Ambiental, los Pronósticos de Planes de Gestión Ambiental y la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, conforme a lo que se dispone en el Anexo 1, a fin de implementar lo relativo a actividades, obras o proyectos según la clasificación de categorías establecida en el presente Decreto.
La Guía general para la elaboración de instrumentos de Evaluación de Impacto Ambiental (Guía de EIA), es una orientación básica de referencia para el equipo consultor responsable de la elaboración del instrumento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que se desee confeccionar. Esto por cuanto serán las características del espacio geográfico y del proyecto, obra o actividad que se pretende desarrollar, las que determinen la aplicabilidad de los temas de la Guía de EIA y la profundidad que requiere el instrumento de evaluación de impacto ambiental que se va a elaborar. Este mismo principio, también es utilizado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), para evaluar los Instrumentos de EIA.
Entre las escalas propuestas para el trámite de la viabilidad ambiental, se consideran entre otras: 1) La Acuicultura Social-Familiar, que son cultivos de organismos acuáticos marinos realizados por un núcleo familiar solamente con fines de subsistencia, autoconsumo, o con fines comerciales para generar su propio empleo, así como, cultivos de organismos acuáticos marinos realizados por asociaciones, cooperativas u otros grupos organizados apoyados y acompañados durante al menos los dos primeros años, por al menos dos instituciones del Estado, cuyo objetivo principal sea la generación de empleo en las zonas marino costeras del país, y que se caracterizan por ser actividades con bajo impacto ambiental potencial inclusive si se ubican en áreas marinas protegidas cuya constitución legal permita este tipo de actividades, según el Sistema Nacional de área de Conservación SINAC; 2) Pequeña Escala, que son cultivos de organismos acuáticos marinos con una baja producción en kilogramos al año, y considerados proyectos de bajo impacto ambiental potencial.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No