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Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para la Gestión de Contaminantes Orgánicos Persistentes COP en Costa Rica.

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Abstract
El presente documento contiene la primera revisión y actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para la Gestión de Contaminantes Orgánicos Persistentes COP en Costa Rica, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad nacional para la gestión de los COP. El Plan presente los siguientes aspectos: 1. Resultados de la actualización de inventarios en COP iniciales reportados en el PNI de 2009; 2. Resultados de inventarios en nuevos COP; 3. Revisión del marco jurídico e institucional para la gestión de COP en Costa Rica; y 4. Recomendaciones y planes de acción, en donde se establece una serie de compromisos para mejorar la gestión de los COP en Costa Rica.
El Plan presente planes de acción y recomendaciones en las siguientes areas: 1. Marco jurídico e institucional; 2. COP industriales; 3. COP plaguicidas; 4. COP no intencionales; y 5. Capacidad analítica instalada.
En materia legal e institucional, se realiza un análisis de la legislación nacional y se identifica la importancia de mejorar y/o fortalecer la legislación vigente, así como la coordinación entre los tres ministerios competentes en la materia. Se priorizan los vacíos y debilidades que pueden ser solventados o corregidos por medio de reformas legales, lo que implica un esfuerzo de redacción de la norma y de acompañamiento y sensibilización en la Asamblea Legislativa. En el caso de las reformas propuestas a reglamentos vigentes o por medio de nuevos decretos ejecutivos, se precisa un trabajo de articulación entre los diversos ministerios y también con los sectores por regular. Se establecen un total de 13 recomendaciones legales, entre las cuales cabe destacar declarar los plaguicidas como residuos de manejo especial y dar responsabilidad a los distribuidores e importadores; prohibir vía decreto el registro, importación, uso y comercialización de plaguicidas domésticos que contienen PFOS; prohibir las quemas agrícolas; prohibir el uso de maderas tratadas con disolventes y selladores como combustible para cocinar alimentos; etc.
Respecto a los COP industriales, se buscará avanzar hacia la eliminación del ingreso del PBDE al país; reducir PDBE de la corriente de residuos; eliminar ingreso PBDE en los componentes de vehículos; reducir el contenido de PBDE en las partes de los vehículos que ingresan a la corriente de residuos; e identificar productos que contienen PFOS. Para ellos se establecen indicadores, línea de base, metas, actividades, plazos y responsables.
Respecto a los COP, se buscará avanzar hacia mejorar el control del inventario nacional de endosulfán; mejorar la gestión nacional de plaguicidas COP y obsoletos; mejorar el manejo de envases vacíos; mejorar el sistema de normas de control de COP; y mejorar el control aduanero para el ingreso de nuevos COP al país. Para ellos se establecen indicadores, línea de base, metas, actividades, plazos y responsables.
En materia de COP no intencionales se requiere adoptar normativas adecuadas en cuanto a las emisiones al aire, las quemas a cielo abierto y el manejo de cenizas provenientes de tratamientos de combustión. Se debe además establecer un sistema de información ambiental centralizado y robusto para la recolección y procesamiento de datos, que permita la toma de decisiones y el cumplimiento de toda regulación relacionada. Se recomienda realizar acciones tendientes a mejorar la capacidad de monitoreo y control ambiental, incluyendo recurso humano capacitado para muestreo, capacidad de infraestructura y capacidad instrumental para generar datos sobre niveles de contaminación reales
En cuanto a la capacidad analítica instalada, se recomienda promover pruebas interlaboratoriales en análisis COP; desarrollar un programa de divulgación sobre la necesidad de fortalecer la capacidad de los laboratorios nacionales en el tema de COP; promover la coordinación de los laboratorios privados y públicos, para homogenizar metodologías de análisis y calidad de la oferta de servicios; y promover el desarrollo de técnicas de muestreo que faciliten la acreditación de laboratorios, en el caso de dioxinas y furanos.
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Ministerio de Ambiente y Energía.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No