Reglamento para el otorgamiento de concesiones y licencias acuicolas.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Reglamento, que consta de 20 artículos, dispone que corresponde al Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura (INCOPESCA), otorgar la licencia y concesiones para el desarrollo de la acuacultura tanto en aguas marinas como continentales (art. 2º). Las licencias para acuacultura son aquellas que se otorgan para permitir el desarrollo de la actividad acuícola en terrenos privados haciendo uso de las aguas del Estado, cuya producción sea dirigida a la comercialización (art. 4º). Las concesiones acuícolas se otorgan para permitir el desarrollo de la actividad en terrenos públicos, en los fondos o en aguas marinas (art. 5º).
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 56, 20 de marzo de 1996, págs. 21 y 22.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No