This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto-Ley 64/2022 - De la producción, desarrollo y uso de los biofertilizantes, bioestimulantes y bioplaguicidas de uso agrícola.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
El presente Decreto-Ley tiene como objeto establecer las normas para la investigación, desarrollo, registro, producción, comercialización, aplicación y evaluación de impacto de los biofertilizantes, bioestimulantes y bioplaguicidas de uso agrícola, en lo adelante bioproductos, cuyas fuentes pueden ser microorganismos, plantas, nemátodos, insectos, ácaros y sus derivados. Se incluyen además los minerales aprobados en el Programa de Bioproductos de Uso Agrícola en Cuba. Los bioproductos complementan el uso de fertilizantes y plaguicidas de origen mineral, bioquímico y químico.
Son objetivos específicos los siguientes: a) Recuperar y ampliar las capacidades de producción de bioproductos económica y socialmente viables para satisfacer la demanda del país y la posible exportación; y b) perfeccionar las tecnologías de producción acorde al desarrollo mundial para el escalado piloto e industrial. Lo dispuesto en el presente Decreto-Ley y su Reglamento es de aplicación a las personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras, residentes o radicadas en el territorio nacional, investigadoras, productoras, comercializadoras y usuarias de los bioproductos, independientemente del nivel de producción en el cual se encuentren, régimen de posesión de la tierra que ostenten, el sector de la economía al que correspondan y la forma de gestión a la que pertenezcan. El marco regulatorio para la producción y desarrollo de los bioproductos de uso agrícola se ajusta a lo establecido en la legislación vigente en materia de Seguridad Biológica en el contexto ambiental internacional y a su implementación en el país. Los modelos de gestión para la investigación, producción y comercialización de los bioproductos de uso agrícola tienen una interacción continua entre los actuantes y están presentes en las producciones a escala artesanal, semi-industrial e industrial en los niveles municipal, provincial y nacional.
Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto-Ley entra en vigor a los treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 53, 15 de junio de 2023.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No