Decreto Ley Nº 351 - Ley del régimen especial de seguridad social de los cooperativistas de las Unidades Básicas de Producción Cooperativa.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
El presente Decreto Ley, que consta de 46 artículos divididos en nueve Capítulos, establece un Régimen Especial de Seguridad Social dirigido a la protección de las personas asociadas en las unidades básicas de producción cooperativa, llamados cooperativistas. Este Régimen Especial protege a los cooperativistas en los casos de enfermedad o accidente de origen común o profesional, maternidad, invalidez total, vejez, y en caso de muerte, protege a su familia. La afiliación al régimen especial de los cooperativistas es obligatoria y constituye un requisito indispensable para recibir los beneficios de la seguridad social regulados en este Decreto Ley. Se excluyen de la expresada obligación los cooperativistas que son sujetos del régimen general o cualquier otro régimen especial.
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Date of text
Entry into force notes
Este Decreto Ley comienza a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Notes
La Ley Nº 105, “Ley de Seguridad Social”, de 27 de diciembre de 2008, su Reglamento y demás disposiciones complementarias, se aplican con carácter supletorio en todo lo que no se oponga a lo regulado por el presente.Se deroga la Resolución No. 10, de 28 de septiembre de 1998, del Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 12, 6 de febrero de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No