Decreto-Ley No. 387/2019 - De la conservación, mejoramiento genético y uso sostenible de los recursos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto-Ley tiene como objeto establecer las normas que regulan la aplicación y control de los principios generales que rigen la protección, la mejora, el uso de los recursos zoogenéticos para la alimentación y la agricultura, así como las acciones de los ciudadanos y la sociedad en general. A los efectos del presente Decreto-Ley y su Reglamento, el término recursos zoogenéticos comprende la diversidad de animales terrestres que contribuyen a satisfacer las necesidades humanas, proporcionan carne, leche, huevos, miel, fuerza de arrastre o de carga, ayuda para la caza y bienes comercializables; incluye las especies vacuna, bubalina, ovina, caprina, cunícula, porcina, équida, avícola y apícola, así como las especies de fauna silvestre de interés para la alimentación y la agricultura, animales afectivos o mascotas. El ámbito de competencia de este Decreto-Ley para las especies ornitológicas, los animales afectivos o mascotas, se limita al control genealógico que se realiza por el Registro Nacional de Razas Puras y sus Cruzamientos, en aquellas especies o razas que sea procedente.
Son objetivos específicos del presente Decreto-Ley los siguientes: a) Establecer los mecanismos para la utilización sostenible de los recursos zoogenéticos; b) fomentar y priorizar programas de investigación de ecosistemas, especies, razas locales autóctonas, criollas y naturalizadas; c) promover la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos zoogenéticos; d) regular la conservación, control, recuperación y regeneración de la diversidad de especies tanto silvestres como domesticadas; e) implementar el sistema de gestión de la calidad relacionado con los diferentes procesos que se desarrollan en la conservación y uso de los recursos zoogenéticos; f) regular y controlar el establecimiento de los registros genealógicos en todas las especies y razas que sea procedente; y g) certificar las evaluaciones genéticas de todas las especies de interés económico e incorporar los individuos de más alto valor genético a los programas de mejora de estas especies.
Son objetivos específicos del presente Decreto-Ley los siguientes: a) Establecer los mecanismos para la utilización sostenible de los recursos zoogenéticos; b) fomentar y priorizar programas de investigación de ecosistemas, especies, razas locales autóctonas, criollas y naturalizadas; c) promover la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos zoogenéticos; d) regular la conservación, control, recuperación y regeneración de la diversidad de especies tanto silvestres como domesticadas; e) implementar el sistema de gestión de la calidad relacionado con los diferentes procesos que se desarrollan en la conservación y uso de los recursos zoogenéticos; f) regular y controlar el establecimiento de los registros genealógicos en todas las especies y razas que sea procedente; y g) certificar las evaluaciones genéticas de todas las especies de interés económico e incorporar los individuos de más alto valor genético a los programas de mejora de estas especies.
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Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto-Ley entra en vigor a los ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 50, 16 de julio de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No