Decreto Nº 191 - Crea el mercado agropecuario.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Decreto, que consta de 7 artículos y 4 disposiciones finales, crea el mercado agropecuario como una entidad que funcionará sobre la base de su autogestión económica y financiera, organizada por las direcciones de comercio -que establecerán su número y ubicación en cada municipio-, y destinado a la compra, venta y prestación de servicios para que los productores o sus representantes puedan vender los productos agropecuarios naturales o elaborados (art. 1º). En el mercado agropecuario se comercializarán los productos agropecuarios que excedan a la producción contratada y aquellos de la producción no contratada (art. 2º). En todo caso, regirá el principio básico de que a mayor producción, más podrán vender los productores en el mercado agropecuario, una vez que hayan satisfecho sus necesidades básicas y sus deberes con la sociedad (art. 3º). Los precios de venta de los productos que se comercialicen en los mercado agropecuarios serán acordados libremente entre vendedores y compradores (art. 4º). Los vendedores estarán obligados a abonar al Estado el impuesto establecido y otros pagos por el uso de locales y servicios (art. 5º). El artículo 7º prevé la imposición de una multa al productor que teniendo los productos para cumplir las entregas contratadas en el mes las incumpla.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 11, 20 de septiembre de 1994, págs. 51 y 52.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No