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Decreto Nº 343/2018 - Del Sistema de Propiedad Industrial.

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Type of law
Regulation
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Abstract
El presente Decreto tiene por objeto establecer los principios, objetivos, bases e indicaciones para el diseño e implantación del Sistema de Propiedad Industrial de la República de Cuba. El Sistema de Propiedad Industrial constituye el conjunto de relaciones funcionales para la gestión de la propiedad industrial en la República de Cuba y en otros mercados de interés, que se fundamenta en los principios de política, normas nacionales, tratados y acuerdos internacionales suscritos en la materia; está integrado por la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial como órgano rector y los actores del Sistema, que comprende, entre otros, a los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones superiores de dirección empresarial, entidades nacionales, empresas y entidades. La Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, como parte de la función rectora en el Sistema, dirige, ejecuta y controla la política del Estado y el Gobierno en materia de propiedad industrial, a nombre del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, al tiempo que propicia la integración con los actores del Sistema.
El Sistema de Propiedad Industrial tiene los objetivos siguientes: a) fomentar la cultura sobre propiedad industrial; b) integrar la propiedad industrial a las políticas públicas y de desarrollo nacional para promover la innovación, la transferencia de tecnología, la inversión nacional y extranjera, la exportación de bienes y servicios y el comercio; c) institucionalizar la propiedad industrial en los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones superiores de dirección empresarial y entidades, para contribuir a la protección, gestión, comercialización y defensa de la propiedad industrial en la República de Cuba y en otros mercados de interés; d) fomentar los vínculos entre los centros de investigación, universidades y los actores de la economía nacional vinculados a la industria y el comercio, para explotar los derechos de propiedad industrial, la información no divulgada y cerrar los ciclos de investigación, desarrollo e innovación; y e) coadyuvar al cumplimiento de los marcos normativos nacionales e internacionales en materia de propiedad industrial.
Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto comienza a regir a partir de los 60 días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Notes
El presente Decreto deroga las disposiciones jurídicas siguientes: Resolución Conjunta No. 1, de los ministros de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y del Comercio Exterior, de 15 de junio de 1998 y Resolución No. 21, del Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, de 28 de febrero de 2002.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 40, 10 de agosto de 2018, págs. 783-794.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No