Resolución Nº 16/2022 - Aprueba para la actividad de pesca comercial no estatal el desembarque de las especies de gran porte.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La modalidad de pesca comercial no estatal es reconocida en el Artículo 14.1, inciso b) de la Ley 129 “Ley de Pesca”, de fecha 13 de julio de 2019 donde se establece que puede ser ejercida como actividad por cuenta propia y por otras formas de gestión no estatal. La presente Resolución aprueba para la actividad de pesca comercial no estatal el desembarque de las especies de gran porte, a saber tiburones, batoideos y peces óseos que procedan de la siguiente manera: Batoideos: Entero o en bandas, para esta última se realiza un corte desde la aleta ventral hasta el rostro, pasando por el espiráculo como se muestra en el Anexo I-A que forma parte integrante de la presente. Tiburones y peces óseos cuya talla sea superior a 100 cm de largo total: Desembarcar entero o en bandas, garantizando que todo el animal llegue hasta puerto y pueda ser identificado tal como se describe en el Anexo I-B.
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Date of text
Entry into force notes
La presente Resolución entra en vigor a los 180 días naturales de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 38, de 11 de abril de 2022.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No