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Resolución Nº 168/95 - Reglamento para la realización y aprobación de las evaluaciones de impacto ambiental y el otorgamiento de las licencias ambientales.

Country
Type of law
Regulation
Source


Abstract
El Reglamento consta de 5 capítulos, 46 artículos y 5 disposiciones finales. INDICE: Disposiciones generales (I); Licencia ambiental (II); Procedimiento para la evaluación de impacto ambiental (III); Ejecutores de la evaluación de impacto ambiental (IV); Inspección y control (V).
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la realización y aprobación de las evaluaciones de impacto ambiental (EIA) y el otorgamiento de las correspondientes licencias ambientales (art. 1º). El artículo 3º define el propósito y establece los procedimientos de la EIA. La EIA podrá exigirse tanto para nuevos proyectos como para la expansión de actividades existentes (art. 4º). La EIA será obligatoria, entre otras, para las siguientes obras o proyectos: obras hidráulicas, industrias químicas, industrias de bebidas, curtidores, plantas de generación y transmisión de electricidad, industrias biotecnológicas, planes y programas agrícolas, pecuarios, forestales y de manejo o aprovechamiento de áreas naturales, obras y proyectos vinculados a la industria azucarera y a la de sus derivados, actividades pesqueras y acuicultura, industrias lácteas y cárnicas, actividades que impliquen la introducción o implantación de especies nuevas, el aprovechamiento de especies de difícil regeneración o el peligro de la extinción de especies, obras de alcantarillado o disposición de desechos sólidos o residuos tóxicos, proyectos en áreas protegidas (art. 5º). El titular de toda obra o proyecto deberá presentar, con anterioridad a su ejecución, una solicitud de licencia ambiental (art. 8º). El artículo 20 establece los requisitos mínimos que contendrá la EIA en caso de requerirse su realización previamente al otorgamiento de la licencia ambiental. Los costos de realización, implementación y monitoreo de la EIA estarán a cargo de los titulares de la obra, actividad o proyecto (art. 21).
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 26, 9 de octubre de 1995, págs. 407-413.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No