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Resolución No. 181/2023 - Reglamento del Registro Pecuario.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución aprueba el Reglamento del Registro Pecuario. Los registros pecuarios se organizan en oficinas registrales creadas en los municipios del país en que se determine por el Ministerio de la Agricultura, a partir de las cantidades de propietarios de ganado mayor y menor y la masa ganadera existente en cada territorio. Las oficinas registrales actúan de forma descentralizada en cuanto a la gestión de los procedimientos registrales y su publicidad. Asimismo, constituyen un sistema integrado, a los efectos de la información que estos aportan al Ministerio de la Agricultura como rector de esta actividad. Los registros pecuarios inscriben los hechos y actos relativos al ganado mayor, y los derechos de las personas naturales y jurídicas propietarias de estos bienes. La inscripción en el Registro le otorga la legitimidad a los hechos o actos que se declaran, y la condición de propietario a la persona natural o jurídica que inscribe el ganado mayor. Asimismo, la inscripción es requisito indispensable para el inicio de la actividad ganadera, sin perjuicio de otras autorizaciones, permisos y licencias establecidas en la legislación vigente.
Date of text
Entry into force notes
La presente Resolución entra en vigor con su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Notes
La presente Resolución deroga la Resolución No. 34, de 23 de febrero de 2022, del Ministro de la Agricultura.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial No. 58 Ordinaria, de 26 de junio de 2023.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No