Resolución Nº 58/2023 - Indicaciones para la contratación y comercialización de la producción agropecuaria, forestal y tabacalera del año 2023.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
Las presentes indicaciones tienen como objetivo general potenciar las producciones en los poseedores de tierras, elevar la calidad de estas, perfeccionar la contratación, el balance y distribución de los productos agropecuarios, agroforestales y tabacaleros; así como consolidar la contratación como un proceso masivo y continuo. Los procesos de contratación y comercialización correspondientes al año 2023 se rigen en todo el país por las presentes indicaciones.
Los objetivos para el año 2023 son: a) Perfeccionar la desagregación del plan de la agricultura a nivel de productor y que se materialice en la contratación; b) lograr diversificar y controlar las producciones a partir de un ordenamiento planificado a nivel de productor; c) perfeccionar la contratación y comercialización del sistema productivo municipal como base para garantizar el Programa de Autoabastecimiento Municipal, y contribuir a la soberanía alimentaria y seguridad alimentaria y nutricional; d) incrementar el potencial exportador y aumentar la sustitución eficiente de las importaciones; e) potenciar la creación de polos productivos y su participación en los balances de productos; f) garantizar la satisfacción de los diferentes destinos a partir de tener como suministro fundamental la producción local; g) incrementar la producción y comercialización de productos cárnicos y lácteos con destino a la población; etc.
Los objetivos para el año 2023 son: a) Perfeccionar la desagregación del plan de la agricultura a nivel de productor y que se materialice en la contratación; b) lograr diversificar y controlar las producciones a partir de un ordenamiento planificado a nivel de productor; c) perfeccionar la contratación y comercialización del sistema productivo municipal como base para garantizar el Programa de Autoabastecimiento Municipal, y contribuir a la soberanía alimentaria y seguridad alimentaria y nutricional; d) incrementar el potencial exportador y aumentar la sustitución eficiente de las importaciones; e) potenciar la creación de polos productivos y su participación en los balances de productos; f) garantizar la satisfacción de los diferentes destinos a partir de tener como suministro fundamental la producción local; g) incrementar la producción y comercialización de productos cárnicos y lácteos con destino a la población; etc.
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Date of text
Entry into force notes
La presente Resolución entra en vigor a los treinta días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Notes
La presente Resolución deroga la Resolución 861 del Ministro de la Agricultura, de 24 de diciembre de 2021.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 32, 6 de abril de 2023.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No