Resolución Nº 62/96 - Franjas forestales hidroreguladoras alrededor de los embalses y cauces fluviales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución se propone establecer regulaciones a fin de preservar y reforestar las fajas forestales que deben existir en los embalses, ríos, arroyos y otros cuerpos y espejos de agua. A este propósito dispone la elaboración de los proyectos de fajas forestales hidroreguladoras (par. 1º), realizados de conformidad con lo establecido en la Norma Cubana 93-01-206 "Franjas forestales de las zonas de protección a embalses y cauces fluviales" (par. 2º). Las personas naturales y jurídicas tenedoras de tierras, ya sean en propiedad, usufructo o administración, quedan obligadas en un término de 2 años a construir las fajas forestales en los embalses y cursos de agua existentes dentro de sus límites, con el ancho y las especies forestales o frutales determinadas en los proyectos realizados a tales fines, cuando no existe proyecto el ancho se define por la Norma antes mencionada (par. 3º). Se prohíbe la entrega de nuevas tierras en usufructo, así como la construcción de viviendas e instalaciones y el fomento de nuevas plantaciones agrícolas en las zonas de protección de los cuerpos de agua (par. 4º), así como el fomento de cultivos temporales agrícolas (par. 5º).
Attached files
Date of text
Repealed
Yes
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No