Decreto N⁰ 31-22 - Se instruye a toda institución pública encargada de programas de alimentación humana para que los procesos de compras que realicen, a fin de adquirir bienes bienes producidos en el territorio dominicano y relacionados a su objeto, sean dirigidos exclusivamente a micro, pequeñas y medianas industrias, para contribuir al desarrollo económico del país y a la generación de empleos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente decreto tiene por objetivo fomentar la industria y la producción nacional, a través de las compras y contrataciones públicas con el fin de fortalecimiento competitivo de la industria nacional, el desarrollo económico nacional y la mejora de la calidad de vida de los dominicanos.
Se instruye a toda institución pública encargada de programas de alimentación humana, al alivio de la pobreza o a la protección de mujeres, personas con discapacidad, envejecientes, niños, niñas y adolescentes, especialmente en áreas rurales deprimidas y en la zona fronteriza, para que los procesos de compras que realicen, a fin de adquirir bienes producidos en el territorio dominicano y relacionados a su objeto, sean dirigidos exclusivamente a micro, pequeñas y medianas industrias, para contribuir al desarrollo económico del país y a la generación de empleos, siempre que en el mercado existan MIPYMES industriales que demuestren tener capacidad para suministrarlos.
Se crea una mesa de trabajo entre la Dirección General de Contrataciones Públicas y el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES, con el objetivo de identificar mecanismos para que las instituciones públicas sujetas a las disposiciones establecidas en el presente decreto puedan comprar bienes manufacturados o elaborados en el territorio dominicano y mantener un intercambio de información y de colaboración que garantice el cumplimiento de este decreto.
Se instruye a toda institución pública encargada de programas de alimentación humana, al alivio de la pobreza o a la protección de mujeres, personas con discapacidad, envejecientes, niños, niñas y adolescentes, especialmente en áreas rurales deprimidas y en la zona fronteriza, para que los procesos de compras que realicen, a fin de adquirir bienes producidos en el territorio dominicano y relacionados a su objeto, sean dirigidos exclusivamente a micro, pequeñas y medianas industrias, para contribuir al desarrollo económico del país y a la generación de empleos, siempre que en el mercado existan MIPYMES industriales que demuestren tener capacidad para suministrarlos.
Se crea una mesa de trabajo entre la Dirección General de Contrataciones Públicas y el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES, con el objetivo de identificar mecanismos para que las instituciones públicas sujetas a las disposiciones establecidas en el presente decreto puedan comprar bienes manufacturados o elaborados en el territorio dominicano y mantener un intercambio de información y de colaboración que garantice el cumplimiento de este decreto.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No