Decreto Nº 112/15 - Crea e integra el Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza y establece las directrices y orientaciones generales para su funcionamiento.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto, que consta de 37 artículos divididos en 11 Capítulos, tiene por objeto crear y conformar el Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (CTP) y establecer las directrices y orientaciones generales para su funcionamiento. El CTP está integrado por representantes de entidades gubernamentales vinculadas con la producción de las fuentes de datos utilizadas para las distintas mediciones de pobreza, así como de la recolección o análisis de informaciones relativas a las condiciones de vida y de bienestar en la República Dominicana y es una instancia consultiva y de coordinación técnica entre las entidades públicas que tienen entre sus funciones, en el ámbito de sus competencias, la generación, recolección y análisis de informaciones necesarias para la medición oficial de pobreza y otros indicadores relacionados. El (CTP) tendrá a su cargo la elaboración y adopción de normas para la medición de cifras de pobreza monetaria y no monetaria; recomendar modificaciones a la metodología oficial de medición de la pobreza, previa evaluación de su validez y pertinencia; elaboración y publicación periódica y sistemática de estadísticas e informes de los resultados de la medición de la pobreza de carácter oficial, así como promover estudios e investigaciones que permitan ampliar el acervo de conocimientos sobre las condiciones de vida y el bienestar de la población dominicana, que sirvan de base para la toma de decisiones de políticas públicas.
El Decreto se divide en: Disposiciones Generales (Cap. I); De la Creación del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. II); De la Integración del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. III); De las Funciones del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. IV); Del Equipo de Trabajo de Medición de la Pobreza (ETP) (Cap. V); De las Funciones de las Instituciones Miembro del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. VI); De la Coordinación del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. VII); Del Punto de Contacto del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. VIII); De la Difusión Oficial de los Datos e Informaciones del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. IX); De las Reuniones, Acuerdos y las Actas (Cap. X); Disposiciones Finales (Cap. XI).
El Decreto se divide en: Disposiciones Generales (Cap. I); De la Creación del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. II); De la Integración del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. III); De las Funciones del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. IV); Del Equipo de Trabajo de Medición de la Pobreza (ETP) (Cap. V); De las Funciones de las Instituciones Miembro del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. VI); De la Coordinación del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. VII); Del Punto de Contacto del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. VIII); De la Difusión Oficial de los Datos e Informaciones del Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza (Cap. IX); De las Reuniones, Acuerdos y las Actas (Cap. X); Disposiciones Finales (Cap. XI).
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 10.796 del 12 de mayo de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No