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Decreto Nº 313/16 - Establece la Zafra Azucarera del periodo 2016-2017 de los ingenios del país, la cual comprenderá todo el año calendario.

Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto establece la Zafra Azucarera del periodo 2016-2017 de los ingenios del país, la cual comprenderá todo el año calendario. Se autoriza a cada ingenio hacer la zafra azucarera del período 2016-2017, de conformidad con sus respectivos programas de molienda y producción del tonelaje de azúcar que se indica en la tabla anexa al texto. Para que las empresas azucareras puedan realizar los embarques de azúcares y melazas a los mercados internacionales, requieren de un permiso de exportación expedido por el Instituto Azucarero Dominicano, según lo establece el Artículo 18 de la Ley Nº 618 de 1965. El Instituto Azucarero Dominicano entregará a los productores Certificados de Elegibilidad Sobre Cuota, para las exportaciones de azúcar con destino y cargo al mercado preferencial de Estados Unidos y el Certificado de Exportación de Azúcar para la Unión Europea, en las mismas proporciones establecidas en el Artículo 4 del presente Decreto. De la producción alcanzada en dicha zafra y las existencias sobrantes del año anterior, se dispondrá de los azúcares necesarios para satisfacer las necesidades de consumo nacional y se tomarán las previsiones para cumplir con los compromisos internacionales a que haya lugar.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 10.862 del 11 de noviembre de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No