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Decreto Nº 571-09 - Crea varios parques nacionales, monumentos naturales, reservas biológicas, reservas científicas, santuarios marinos, refugios de vida silvestre, Área Nacional de Recreo Boca de Nigua y el Monumento Nacional Salto de Jimenoa. Establece una zona de amortiguamiento o de uso sostenible de 300 metros alrededor de todas las unidades de conservación que ostentan las categorías genéricas de la Unión Mundial para la Naturaleza; dispone la realización de un inventario nacional de varios humedales, y crea una franja de protección de 250 metros alrededor del vaso de todas las presas del país.

Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto crea varios parques nacionales, monumentos naturales, reservas biológicas, reservas científicas, santuarios marinos, refugios de vida silvestre, Área Nacional de Recreo Boca de Nigua y el Monumento Nacional Salto de Jimenoa. Establece una zona de amortiguamiento o de uso sostenible de 300 metros alrededor de todas las unidades de conservación que ostentan las categorías genéricas de la Unión Mundial para la Naturaleza; dispone la realización de un inventario nacional de varios humedales, y crea una franja de protección de 250 metros alrededor del vaso de todas las presas del país.
En particular, se crean varias áreas protegidas, entre las cuales las Reservas siguientes: Reserva Científica La Salcedoa, con el propósito de garantizar la conservación de los ambientes exclusivos, la dinámica del bosque nublado y el relieve abrupto del sistema cárstico más elevado del territorio nacional, ubicado en el firme de la Loma El Peñón del Nuevo Mundo, lugar donde fue descubierta y tiene su hábitat natural la especie botánica nueva para la ciencia Salcedoa mirabaliarum, cuya distribución en el territorio nacional se encuentra restringida a estas estribaciones montañosas de la Cordillera Septentrional, actualmente muy amenazada por la práctica insostenible de la ganadería y otras actividades humanas que implican el desplazamiento o eliminación de la cobertura forestal asociada. Se crea la Reserva Científica Dicayagua, con el propósito de conservar una muestra muy singular, probablemente la única o la más expresiva del territorio nacional, de cactáceas epifitas sobre especies arbóreas ribereñas.
Se crea la Reserva Biológica Sierra Prieta, con el propósito de garantizar la dinámica de los procesos ecológicos esenciales en les ambientes y en los ecosistemas únicos sobre suelos de serpentina alli presentes; así como la riqueza de la biodiversidad que les acompaña. Se crea la Resena Biológica Loma Charco Azul, con la finalidad de conservar muestras representativas del bosque seco y del bosque transicional de las laderas septentrionales. Se crea el Parque Nacional La Hispaniola con el propósito primario de conservar el inmenso patrimonio cultural del Sitio Histórico La Isabela, representado en los yacimientos arqueológicos. Se crea el Parque Nacional Saltos de la Jalda, en el municipio de Miches, con la finalidad de conservar la mejor muestra del bosque pluvial de vertiente norte la de la Cordillera Oriental o Sierra de El Seibo. Se crea el Parque Nacional El Conde, con el propósito de conservar la singularidad, los abrigos rocosos, las muestras impresionantes de la geología y el relieve del curso medio del Riachuelo El Conde, etc.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No