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Ley N⁰ 225-20 – Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos

Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente Ley tiene por objeto prevenir la generación de residuos, además de establecer el régimen jurídico de su gestión integral para fomentar la reducción, reutilización, reciclaje, aprovechamiento y valorización, así como regular los sistemas de recolección, transporte y barrido; los sitios de disposición final, estaciones de transferencia, centros de acopio y plantas de valorización; con la finalidad de garantizar el derecho de toda persona a habitar en un medio ambiente sano, proteger la salud de la población, así como disminuir la generación de gases de efecto invernadero, emitidos por los residuos.
Se establece que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales elaborará el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos y qué debe incluir. Se establece que el objetivo del Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos será el marco de acción que oriente las acciones estatales, fije las prioridades, establezca los lineamientos y las metas que orientarán, sistematizarán e integrarán los diferentes planes municipales, programas sectoriales, proyectos e iniciativas públicas.
Se establece el Programa Nacional de Remediación y Rehabilitación de Sitios Contaminados que es el instrumento de política que tiene por objeto prevenir la contaminación de sitios, mitigar los riesgos a la salud y al ambiente de sitios contaminados, así como establecer las acciones de remediación y rehabilitación que sean necesarias.
Se crea el Sistema Nacional para la Gestión Integral de los Residuos (SINGIR), como instrumento de gestión que propicia la coordinación interinstitucional y municipal que tiene por objeto generar recomendaciones para la gestión integral de los residuos en los distintos ámbitos del gobierno, a efectos de lograr la homologación nacional en la gestión integral de los residuos, la cobertura total de los servicios, la disminución de riesgos y pasivos ambientales.
Se crea un fideicomiso destinado a la gestión integral de residuos para el desarrollo del mercado hipotecario y el Fideicomiso de la Republica Dominicana. Se establecen los objetivos del Fideicomiso: 1) Operar y gestionar el fondo destinado a la gestión integral de residuos sólidos, a la operación de estaciones de transferencia, vertederos y rellenos sanitarios, así como el cierre de vertederos a cielo abierto, en virtud de lo establecido en la presente ley. 2) Gestionar adecuadamente los montos recaudados provenientes de la Contribución Especial para la Gestión de Residuos Sólidos, recibidos a través de la Tesorería Nacional, y otros fondos provenientes de las tarifas en las estaciones de transferencia y vertederos. 3) Efectuar los pagos a los operadores de las estaciones de transferencia, vertederos y rellenos sanitarios a nivel nacional, previa fiscalización por parte de la entidad fiduciaria y de acuerdo con la política de pago aprobada por el Consejo Directivo del Fideicomiso. 4) Realizar los aportes aprobados por el Consejo Directivo del Fideicomiso, a personas jurídicas o entidades que, cumpliendo con los requisitos de la presente ley, su reglamento y normas complementarias, desarrollen centros de acopio, plantas de acopio, rellenos sanitarios, plantas de valorización, co-procesamiento, cadenas logísticas para la gestión de los residuos, campañas educativas, entre otras actividades relacionadas con la gestión integral de residuos. 5) Otros objetivos a ser establecidos mediante reglamento. Se establece el Consejo del Fideicomiso y las funciones del Consejo del Fideicomiso.
Se promocionan los mercados verdes. Se crea el bono verde como instrumento para financiar o refinanciar en parte o en su totalidad proyectos verdes, ya sean nuevos o existentes, definidos en esta ley y su reglamento. Estos bonos pueden ser transferibles o transables entre personas jurídicas diferentes en el mercado. Se establecen los planes de comunicación para la educación y participación social. Se establece el plan para la inclusión social que tiene como objeto definir el esquema operativo de las actividades desarrolladas por los recicladores de base o empresas sociales, formalizados como prestadores de servicio, relacionadas al manejo de los residuos. Se establece que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales elaborará el plan de responsabilidad extendida del productor y el contenido mínimo.
Se establece el sistema de tarifa y cobro por servicios de manejo de residuos sólidos urbanos. Se establecen los contenidos de los planes de manejo de residuo que tienen por objeto la reducción en la generación de los residuos, propiciar su aprovechamiento, y garantizar el tratamiento o la disposición final segura de aquellos que no puedan ser valorizados. Se establecen los requisitos para la importación y exportación de residuos y materia prima secundaria. Finalmente, se establecen las prohibiciones en el manejo de residuos, las clasificaciones de infracciones y el régimen sancionador.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
G. O. No. 10990 del 2 de octubre de 2020.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No