Acuerdo Nº 147 - Veda a la pesca de atún de buques de red de cerco de las clases 4, 5 y 6 operando bajo jurisdicción de Ecuador en el Área del Océano Pacífico Oriental (OPO) para el año 2014.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Acuerdo dispone una veda para el año 2015 a la pesca de atún de buques de red de cerco de las clases 4, 5 y 6 (de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo o más), operando bajo jurisdicción de Ecuador en el Área del Océano Pacífico Oriental (OPO). comprendida entre el meridiano 150 O y el litoral del continente americano desde el paralelo 50 N hasta el paralelo 50 S, aplicable en uno de los dos periodos siguientes: 1) desde el 29 de julio hasta el 28 de septiembre del 2014; o, 2) desde el 18 de noviembre del 2014 hasta el 18 de enero de 2015. También se prohíbe la siembra, reconocimiento o recolección de dispositivos de pesca (FADs), que son consideradas actividades de pesca y por lo tanto no están permitidos para los buques de red de cerco clase 6 que se encuentren navegando hacia puerto una vez iniciado el periodo de veda al que se acogió.
Los buques cerqueros clases 1, 2 y 3 (menos de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo), los buques cañeros, palangreros menores a 24 m de eslora total y los de pesca deportiva no estarán sujetos a la presente medida de ordenamiento.
Los buques cerqueros clases 1, 2 y 3 (menos de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo), los buques cañeros, palangreros menores a 24 m de eslora total y los de pesca deportiva no estarán sujetos a la presente medida de ordenamiento.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No