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Acuerdo Nº 166 - Establece certificado de origen para la exportaciones de café.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Acuerdo, que consta de 6 artículos y 1 final, establece que las exportaciones de café que realice el país a todo destino deben estar amparadas por el certificado de origen (art. 1º). El Consejo Cafetalero Nacional (COFENAC) será el organismo competente encargado de conferir tales certificados (art. 2º), conforme a las características normalizadas por la Organización Internacional del Café y remitir a la misma la documentación que ampare las exportaciones de café, manteniendo un registro (art. 3º).
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 108, 15 de julio de 1997, págs. 3 y 4.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No