This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Acuerdo Nº 181 - Reglamento para la importación de carne de pollo y sus derivados procedentes de terceros países en defensa de la avicultura nacional y salud pública.

Country
Type of law
Regulation
Source


Abstract
El Acuerdo, que consta de 6 artículos, establece que las personas naturales o jurídicas interesadas en la importación de carne de pollo en estado natural y sus derivados podrán hacerlo en base al permiso de importación que se otorgará previa a la presentación de los siguientes requisitos: a) que las aves sean nacidas, criadas y cebadas en el país exportador; b) que las aves procedan de una granja o granjas que no estuvieran bajo cuarentena oficial, al igual que las granjas situadas en un radio de 6 km; c) que las aves procedan de un país libre de influenza aviar y de la enfermedad de newcastle velogénica viscerotrópica; d) que el matadero donde han sido procesadas las aves está oficialmente autorizado para la exportación de carne por el país exportador e importador con base en el Codex Alimentarius; e) que las aves han sido sometidas a inspección antemortem y postmortem a cargo de la autoridad de sanidad del país exportador; f) que han sido acondicionadas en envolturas de polietileno autorizadas para uso alimentario y etiquetados con todos los datos exigidos; g) que se transporten en contenedores o vehículos especiales termorefrigerados (art. 1º).
Date of text
Notes
Que deroga el Acuerdo Ministerial Nº 18 del 19 de enero de 1996.
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 963, 10 de junio de 1996, págs. 1 y 2.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No