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Acuerdo Nº MAP-SRP-2018-0103-A ─ Medidas de ordenamiento para los buques que operen bajo jurisdicción del Ecuador provistos con redes de cerco y a los buques de palangre que operan en el Océano Pacífico Oriental (OPO), autorizados a ejercer la actividad pesquera del atún.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Acuerdo aprueba medidas de ordenamiento se aplican a todos los buques que operen bajo jurisdicción del Ecuador, provistos con redes de cerco y a todos los buques de palangre, que operan en el Océano Pacífico Oriental (OPO), autorizados a ejercer la actividad pesquera y que capturan atunes aleta amarilla (Thunnus albacares), patudo (Thunnus obesus) y barrilete (Katsuwonus pelamis) en el Área de la Convención de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT). Los armadores pesqueros deberán facilitar toda la información necesaria a la Subsecretaria de Recursos Pesqueros, para dar cumplimiento a las directrices requeridas por las medidas de ordenamiento vigentes en la CIAT.
Los buques pesqueros registrados dentro del Registro Regional de Buques de la CIAT, autorizados operar bajo jurisdicción de Ecuador en el Océano Pacífico Oriental, deberán disponer de un Dispositivo de Monitoreo Satelital (DMS), a prueba de ajustes no autorizados, completamente automático con respecto a datos de posición, capaz de funcionar en todo momento, independientemente de las condiciones ambientales. La información recabada por medio del DMS para cada buque incluirá la identificación del mismo, así como su posición (latitud y longitud) con un error de menos de 500 metros en un nivel de confianza de 99%, y la fecha y hora. Todos los buques atuneros con red de cerco que operan bajo jurisdicción de Ecuador en el Océano Pacífico Oriental, que llevan un observador pesquero a bordo, deberán transmitir a la Secretaría de la CIAT un informe semanal por fax, correo electrónico, radio otro medio de comunicación.
Los Armadores de buques pesqueros con red de cerco, cada año deberán de contribuir financieramente lo acordado al Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD), según las directrices establecidas en ese Programa.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 262, 14 de junio de 2018.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No