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Acuerdo Nº SNPD-0089-2014 ─ Lineamientos y directrices para la actualización, formulación, articulación, seguimiento y evaluación de los Planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los Gobiernos autónomos descentralizados.

Country
Type of law
Regulation
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Abstract
El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los Lineamientos directrices para la actualización y/o formulación, articulación, seguimiento y evaluación de los Planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los Gobiernos autónomos descentralizados, como instrumentos del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, para garantizar la adecuada articulación entre la planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial, así como la articulación entre los distintos niveles de gobierno, y serán de obligatorio cumplimiento para todas las entidades que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa. El presente Acuerdo considera que los Planes de desarrollo y los Planes de ordenamiento territorial son instrumentos complementarios entre sí, cuya formulación, actualización y aprobación debe llevarse a cabo en un solo proceso participativo.
Se dispone que en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, en el marco del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, se observarán de manera obligatoria las siguientes directrices: 1) Las resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Planificación; 2) La articulación con el Plan Nacional de Desarrollo y la Estrategia Territorial Nacional; 3) La articulación y coordinación intergubernamental horizontal y vertical; 4) La participación, la rendición de cuentas y el control social en los procesos de planificación y de ordenamiento territorial.
Los Gobiernos autónomos descentralizados deberán utilizar la información geográfica y estadística disponible en el Sistema Nacional de Información de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo y otras fuentes oficiales de información, considerando los niveles de información a nivel Provincial, Cantonal, Distrital, Metropolitano y Parroquial. La información generada por los gobiernos autónomos descentralizados, organizaciones de la sociedad civil, cooperación internacional, empresas públicas y/o privadas y centros de educación superior, podrá ser utilizada en el proceso de actualización, formulación, articulación, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial.
La articulación intergubernamental es el vínculo entre los diferentes niveles de gobierno con competencias exclusivas y concurrentes en un territorio. Para la actualización, formulación, articulación, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial se deberán considerar en orden jerárquico las directrices constantes en los siguientes instrumentos: 1) Plan Nacional de Desarrollo y Estrategia Territorial Nacional; 2) Planes especiales para los proyectos nacionales de carácter estratégico; 3) Planes sectorial de la función ejecutiva con incidencia en el territorio; 4) Planes de los regímenes especiales, de ser el caso; y, 5) Planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados que incidan en su territorio.
Date of text
Notes
Deroga el Acuerdo Nº 467 de 2011.
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 360, 23 de octubre de 2014.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No