Acuerdo Nro. MPCEIP-SRP-2023-0142-A - Plan Nacional de Control – Sistema de Gestión de Riesgo en el Control Pesquero.
Country
Type of law
Regulation
Policy
Abstract
El Plan Nacional de Control – Sistema de Gestión de Riesgo en el Control Pesquero tiene como objetivos generales: Definir la metodología para identificar, evaluar, priorizar, planificar, implementar, monitorear y revisar las gestiones de control aplicadas en la actividad pesquera, que permitan garantizar su manejo ecológicamente sostenible, previniendo el ingreso de pesca INDNR a los mercados y facilitando su tratamiento a través de la gestión del riesgo. Los objetivos específicos son: analizar, monitorear y comunicar los peligros, desviaciones y no conformidades identificadas en términos de control de actividades relacionadas con la pesca ilegal no declarada y no reglamentada; evaluar los procesos de seguimiento, control y vigilancia y la capacidad del sistema para controlar la trazabilidad y legalidad de la cadena de suministro de la pesca; recomendar las gestiones necesarias para el tratamiento adecuado de los riesgos identificados y optimizando el uso de los recursos institucionales; proponer lineamientos para el desarrollo el plan de inspecciones pesqueras, a fin de fortalecer las acciones que se ejecutan en el marco del seguimiento, control y vigilancia.
El Plan Nacional de Control – Sistema de Gestión de Riesgo en el Control Pesquero es de estricto cumplimiento y aplicación obligatoria para todas las entidades, organismos y dependencias que comprenden el sector público, personas naturales y jurídicas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos que desarrollen actividades pesqueras y conexas, ejercidas dentro de los espacios terrestres y acuáticos jurisdiccionales. De conformidad al Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, por actividades relacionadas con la pesca se entiende a cualquier operación de apoyo o preparación de la pesca, con inclusión del desembarque, el empaquetado, la elaboración, el transbordo o el transporte de pescado que no haya sido previamente desembarcado en un puerto, así como la provisión de personal, combustible, artes de pesca y otros suministros en el mar.
El Plan Nacional de Control – Sistema de Gestión de Riesgo en el Control Pesquero es de estricto cumplimiento y aplicación obligatoria para todas las entidades, organismos y dependencias que comprenden el sector público, personas naturales y jurídicas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos que desarrollen actividades pesqueras y conexas, ejercidas dentro de los espacios terrestres y acuáticos jurisdiccionales. De conformidad al Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, por actividades relacionadas con la pesca se entiende a cualquier operación de apoyo o preparación de la pesca, con inclusión del desembarque, el empaquetado, la elaboración, el transbordo o el transporte de pescado que no haya sido previamente desembarcado en un puerto, así como la provisión de personal, combustible, artes de pesca y otros suministros en el mar.
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Date of text
Entry into force notes
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de suexpedición sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Notes
Deróguese el Acuerdo Ministerial Nro. MAP-SRP-2018-0102-A suscrito el 11 de mayo de 2018, de conformidad con la ley.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No