Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
El Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (COESCCI), establece un marco legal para normar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, previsto por los artículos 385 y 386 de la Constitución. Su objetivo es articular la producción y gestión del conocimiento con los sistemas educativos, culturales y productivos del país. Reconoce el conocimiento, incluidos los saberes ancestrales, como un bien de interés público y promueve su democratización, uso equitativo y protección frente a apropiaciones indebidas, alineándose con principios constitucionales del Buen Vivir y la soberanía tecnológica.
El Código promueve un modelo económico basado en la colaboración, la creatividad y la innovación, orientado a fortalecer las capacidades nacionales en ciencia y tecnología. Son fines del Código los siguientes: 1. Democratizar el conocimiento y asegurar su distribución justa y sostenible; 2. Impulsar ciencia, tecnología e innovación para satisfacer necesidades y derechos; 3. Fomentar conocimiento colaborativo y solidario; 4. Facilitar circulación y transferencia de conocimientos; 5. Priorizar el valor de uso del conocimiento; 6 Promover diversas formas de propiedad del conocimiento; 7. Incentivar transferencia tecnológica con componente nacional; 8. Distribuir equitativamente los beneficios del conocimiento; 9. Establecer fuentes de financiamiento e incentivos; 10. Desarrollar una sociedad del conocimiento productiva; y 11. Proteger biodiversidad y saberes ancestrales frente a apropiación indebida.
La Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación es designada como entidad rectora con capacidad regulatoria, sancionadora y de coordinación interinstitucional. Además, el Código crea organismos consultivos y de control ético, y establece espacios específicos como parques tecnológicos, territorios de investigación y centros de transferencia tecnológica. También se garantiza la protección de derechos intelectuales, especialmente de conocimientos tradicionales, a través de un ente técnico autónomo encargado de su regulación y defensa.
Finalmente, se incluye un fuerte componente de desarrollo de talento humano, con mecanismos para formación, becas, créditos educativos y certificaciones profesionales. Se resalta la importancia del acceso universal al conocimiento digital y se reconoce la libertad de investigación bajo principios éticos. La estructura del Código busca impulsar una economía del conocimiento que contribuya a la transformación productiva, la equidad social y el desarrollo sostenible del Ecuador.
El Código promueve un modelo económico basado en la colaboración, la creatividad y la innovación, orientado a fortalecer las capacidades nacionales en ciencia y tecnología. Son fines del Código los siguientes: 1. Democratizar el conocimiento y asegurar su distribución justa y sostenible; 2. Impulsar ciencia, tecnología e innovación para satisfacer necesidades y derechos; 3. Fomentar conocimiento colaborativo y solidario; 4. Facilitar circulación y transferencia de conocimientos; 5. Priorizar el valor de uso del conocimiento; 6 Promover diversas formas de propiedad del conocimiento; 7. Incentivar transferencia tecnológica con componente nacional; 8. Distribuir equitativamente los beneficios del conocimiento; 9. Establecer fuentes de financiamiento e incentivos; 10. Desarrollar una sociedad del conocimiento productiva; y 11. Proteger biodiversidad y saberes ancestrales frente a apropiación indebida.
La Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación es designada como entidad rectora con capacidad regulatoria, sancionadora y de coordinación interinstitucional. Además, el Código crea organismos consultivos y de control ético, y establece espacios específicos como parques tecnológicos, territorios de investigación y centros de transferencia tecnológica. También se garantiza la protección de derechos intelectuales, especialmente de conocimientos tradicionales, a través de un ente técnico autónomo encargado de su regulación y defensa.
Finalmente, se incluye un fuerte componente de desarrollo de talento humano, con mecanismos para formación, becas, créditos educativos y certificaciones profesionales. Se resalta la importancia del acceso universal al conocimiento digital y se reconoce la libertad de investigación bajo principios éticos. La estructura del Código busca impulsar una economía del conocimiento que contribuya a la transformación productiva, la equidad social y el desarrollo sostenible del Ecuador.
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Web site
Date of text
Entry into force notes
El Presente Código entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Repealed
No
Serial Imprint
Suplemento - Registro Oficial Nº 899, 9 de diciembre de 2016.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No