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Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima.

Country
Type of law
Agreement
Source

Abstract
Durante la Segunda Conferencia del Pacífico Sur, realizada en Lima del 1 al 4 de diciembre de 1954, fue suscrito entre otros el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima. El Convenio, que consta de 64 artículos, de conformidad con lo acordado en la Resolución X, del 8 de octubre de 1954, suscrita en Santiago de Chile por la Comisión Permanente de la Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, establece una zona especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países (art. 1º). La presencia accidental en la referida zona de las embarcaciones de cualquiera de los países limítrofes no será considerada como violación de las aguas de la zona marítima, sin que esto signifique reconocimiento de derecho alguno para ejercer faenas de pesca o caza con propósito preconcebido en dicha zona especial (art. 2º), ya que la pesca o caza dentro de la zona de 12 millas marinas a partir de la costa está reservada exclusivamente a los nacionales de cada país (art. 3º).
Date of text
Notes
Ratificado por Ecuador mediante el Decreto Supremo Nº 2.556 del 9 de noviembre de 1964.Ratificado por Perú mediante la Resolución Legislativa Nº 12.305 del 10 de mayo de 1955.Ratificado por Chile mediante el Decreto Supremo Nº 519 del 16 de agosto de 1967.
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 376, 18 de noviembre de 1964, pág. 2413 (Ecuador). El Peruano, 12 de mayo de 1955 (Perú). Diario Oficial, 21 de septiembre de 1967 (Chile).
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No