Decreto Nº 1211 - Aprueba la implementación de la Estrategia Nacional Ecuador Crece sin Desnutrición.
Country
Type of law
Regulation
Policy
Abstract
El presente Decreto aprueba la implementación de la "Estrategia Nacional Ecuador Crece sin Desnutrición", cuyo objetivo es prevenir la desnutrición crónica infantil y reducir su prevalencia en niños y niñas menores de 24 meses de edad, conforme los objetivos planteados en la Agenda 2030, a través de la implementación del denominado "Paquete Priorizado" de bienes y servicios destinado a atender a la población objetivo que será monitoreado nominalmente, y cuya asignación presupuestaria se garantiza con la aplicación de la metodología de "Presupuesto por Resultados" Se establece adicionalmente, en el calendario estadístico, la obligatoriedad de medición de la tasa de desnutrición crónica infantil mediante una operación estadística por muestreo y de forma anual, la misma que será ejecutada por la entidad responsable de Estadística y Censos a nivel nacional.
Se define como "Paquete Priorizado" al conjunto de bienes y servicios destinado a atender a gestantes y a niños y niñas menores de 24 meses de edad, el cual permitirá el monitoreo oportuno y de calidad del desarrollo infantil integral de la población objetivo, y su incidencia directa en la disminución de la desnutrición crónica infantil. El rango de edad se establece sin perjuicio de las atenciones obligatorias que debe brindar el ente rector de Salud y demás entidades intervinientes en la presente Estrategia a los niños y niñas, una vez superada la edad indicada. El "Paquete Priorizado" comprende la prestación de los siguientes bienes y servicios: 1) Esquema de vacunación oportuno y completo; 2) Control prenatal; 3) Control Niño Sano.
El "Seguimiento Nominal" será el mecanismo mediante el cual se realizará el control a la prestación del "Paquete Priorizado", a través del cual se verificará de forma intersectorial la entrega oportuna de las prestaciones que recibe la población objetivo de la presente Estrategia garantizando su atención integral. Para el "Seguimiento Nominal" de las prestaciones que recibe la población objetivo, las entidades responsables del "Paquete Priorizado" implementarán una plataforma intersectorial de corte longitudinal con interoperabilidad de datos, con su respectivo modelo de gestión, con la finalidad de garantizar la entrega periódica, oportuna y depurada de sus padrones nominales y/o bases de datos nominales, únicos, identificables e interoperables, salvaguardando la confidencialidad de los mismos; así como, el reporte de los indicadores de proceso y resultado relacionados a la implementación de la presente Estrategia, para lo cual contarán con la asesoría de la entidad a cargo del Registro de Datos Públicos.
El Ministerio de Inclusión Económica y Social en coordinación con el Ministerio de Salud, garantizarán que se implemente de manera integral la presente estrategia en todos los servicios que ofrece a la población objetivo. El Ministerio de Salud fortalecerá sus servicios de procesamiento de leche en Bancos de Leche Humana e impulsará la implementación de centros de recolección de leche materna en los establecimientos de primer nivel de atención cercanos a los Bancos de Leche Humana.
Se define como "Paquete Priorizado" al conjunto de bienes y servicios destinado a atender a gestantes y a niños y niñas menores de 24 meses de edad, el cual permitirá el monitoreo oportuno y de calidad del desarrollo infantil integral de la población objetivo, y su incidencia directa en la disminución de la desnutrición crónica infantil. El rango de edad se establece sin perjuicio de las atenciones obligatorias que debe brindar el ente rector de Salud y demás entidades intervinientes en la presente Estrategia a los niños y niñas, una vez superada la edad indicada. El "Paquete Priorizado" comprende la prestación de los siguientes bienes y servicios: 1) Esquema de vacunación oportuno y completo; 2) Control prenatal; 3) Control Niño Sano.
El "Seguimiento Nominal" será el mecanismo mediante el cual se realizará el control a la prestación del "Paquete Priorizado", a través del cual se verificará de forma intersectorial la entrega oportuna de las prestaciones que recibe la población objetivo de la presente Estrategia garantizando su atención integral. Para el "Seguimiento Nominal" de las prestaciones que recibe la población objetivo, las entidades responsables del "Paquete Priorizado" implementarán una plataforma intersectorial de corte longitudinal con interoperabilidad de datos, con su respectivo modelo de gestión, con la finalidad de garantizar la entrega periódica, oportuna y depurada de sus padrones nominales y/o bases de datos nominales, únicos, identificables e interoperables, salvaguardando la confidencialidad de los mismos; así como, el reporte de los indicadores de proceso y resultado relacionados a la implementación de la presente Estrategia, para lo cual contarán con la asesoría de la entidad a cargo del Registro de Datos Públicos.
El Ministerio de Inclusión Económica y Social en coordinación con el Ministerio de Salud, garantizarán que se implemente de manera integral la presente estrategia en todos los servicios que ofrece a la población objetivo. El Ministerio de Salud fortalecerá sus servicios de procesamiento de leche en Bancos de Leche Humana e impulsará la implementación de centros de recolección de leche materna en los establecimientos de primer nivel de atención cercanos a los Bancos de Leche Humana.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No