Decreto Nº 310 - Reorganiza la Secretaría del Agua y crea la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA) y la Empresa Pública del Agua (EPA).
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto reorganiza la Secretaría del Agua, y crea la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA) y la Empresa Pública del Agua (EPA), que pasarán a asumir parte de las competencias asignadas a la Secretaría.
La Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), es un organismo técnico administrativo adscrito a la Secretaría del Agua, con personalidad jurídica de derecho público, autonomía administrativa, técnica, económica, con jurisdicción en todo el territorio nacional. Se transfieren a ARCA únicamente las competencias para la regulación y control de la gestión integral e integrada de los recursos hídricos, de la gestión de la calidad y cantidad del agua en sus fuentes y zonas de recarga, de la calidad de los servicios públicos relacionados al sector agua y de todos los destinos, usos y aprovechamientos económicos del agua.
La Empresa Pública del Agua (EPA), tiene como objeto: a) contratar, administrar y supervisar los proyectos de infraestructura hídrica de competencia del gobierno central en sus fases de diseño, construcción, operación y mantenimiento; b) asesorar y asistir técnica y comercialmente a los prestadores de los servicios públicos y comunitarios del agua; y c) realizar la gestión comercial de los usos y aprovechamientos del agua.
La Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), es un organismo técnico administrativo adscrito a la Secretaría del Agua, con personalidad jurídica de derecho público, autonomía administrativa, técnica, económica, con jurisdicción en todo el territorio nacional. Se transfieren a ARCA únicamente las competencias para la regulación y control de la gestión integral e integrada de los recursos hídricos, de la gestión de la calidad y cantidad del agua en sus fuentes y zonas de recarga, de la calidad de los servicios públicos relacionados al sector agua y de todos los destinos, usos y aprovechamientos económicos del agua.
La Empresa Pública del Agua (EPA), tiene como objeto: a) contratar, administrar y supervisar los proyectos de infraestructura hídrica de competencia del gobierno central en sus fases de diseño, construcción, operación y mantenimiento; b) asesorar y asistir técnica y comercialmente a los prestadores de los servicios públicos y comunitarios del agua; y c) realizar la gestión comercial de los usos y aprovechamientos del agua.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 236 Suplemento, 30 de abril de 2014.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Amended by