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Decreto Nº 3.609 - Reglamento de funcionamiento y sanciones del Comité de Vigilancia de la Corporación Bolsa Nacional de Productos Agropecuarios (Libro III, Título XXII del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería).

Country
Type of law
Regulation
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Abstract
El presente Reglamento de funcionamiento y sanciones del Comité de Vigilancia de la Corporación Bolsa Nacional de Productos Agropecuarios, tiene las siguientes funciones: 1) El Comité de Vigilancia es el órgano de la Corporación encargado de conocer, y decidir sobre las contravenciones de los miembros y directivos, a las normas que regulan su conducta e imponer las sanciones a que hubiere lugar de acuerdo al Estatuto y a este Reglamento; 2) Conocer sobre las reformas a este Reglamento, por voto de las dos terceras partes de sus miembros y en dos sesiones diferentes, las mismas que serán sometidas a consideración y aprobación del Directorio y sancionadas por el Ministro de Agricultura y Ganadería; 3) Elegir de entre sus miembros al Presidente y Vicepresidente del Comité; y, 4) Conocer de la proforma del Presupuesto Anual del Comité de Vigilancia, puesto a su consideración por el Presidente, y someterlo al Directorio para su aprobación.
Notes
Deroga el Acuerdo Nº 161 de 27 de diciembre de 1988.
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial, Suplemento Especial Nº 1, 20 de marzo de 2003.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No