Decreto Nº 4.013 - Reglamento de la Ley de yodización obligatoria de la sal para consumo humano y del Programa nacional de fluoruración.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Reglamento consta de 6 capítulos, 38 artículos, 4 disposiciones transitorias y 1 final. INDICE: Definiciones (I); Normas sanitarias generales (II); Normas sanitarias técnicas (III); Producción industrial y comercialización de la sal para consumo humano (IV); Envase y rotulación (V); Régimen de control y sanciones (VI).
El presente Reglamento establece que toda la sal que se produzca en el país para consumo humano directo (sal de mesa y cocina) debe ser yodada y yodada fluorurada previo a su expendio (art. 7º). La sal yodada es el producto constituido básicamente por el cloruro de sodio adicionado de yodato de potasio o sodio o yoduro de potasio dentro de los límites de yodo libre en concentración de 75 mg por kg de sal permitiéndose una tolerancia de 25 mg por kg de sal; la sal yodada fluorurada es el producto constituido básicamente por el cloruro de sodio adicionado de 75 mg por kg de sal de ion yodo con una tolerancia de 25 mg por kg de sal, y de fluoruro de sodio y de potasio dentro de los límites del ion flúor de 250 mg por kg de sal permitiéndose una tolerancia de 40 mg (art. 12). Se exceptúa de fluorurarse la sal para consumo humano que se destina a la industria alimenticia (art. 14).
El presente Reglamento establece que toda la sal que se produzca en el país para consumo humano directo (sal de mesa y cocina) debe ser yodada y yodada fluorurada previo a su expendio (art. 7º). La sal yodada es el producto constituido básicamente por el cloruro de sodio adicionado de yodato de potasio o sodio o yoduro de potasio dentro de los límites de yodo libre en concentración de 75 mg por kg de sal permitiéndose una tolerancia de 25 mg por kg de sal; la sal yodada fluorurada es el producto constituido básicamente por el cloruro de sodio adicionado de 75 mg por kg de sal de ion yodo con una tolerancia de 25 mg por kg de sal, y de fluoruro de sodio y de potasio dentro de los límites del ion flúor de 250 mg por kg de sal permitiéndose una tolerancia de 40 mg (art. 12). Se exceptúa de fluorurarse la sal para consumo humano que se destina a la industria alimenticia (art. 14).
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Date of text
Notes
Que deroga el Decreto Ejecutivo Nº 1.318 del 25 de junio de 1969, que expidió el Reglamento de la Ley de yodización obligatoria de la sal para consumo humano.
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 998, 29 de julio de 1996, págs. 2-6.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No