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Decreto Nº 578 - Se escinde del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, que pasará a llamarse Ministerio de Hidrocarburos, el Viceministerio de Minas y se crea el Ministerio de Minería.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto escinde del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, el Viceministerio de Minas, y crea el Ministerio de Minería. Pasarán a conformar el Ministerio de Minería los actuales Viceministerio de Minas, Subsecretaría Nacional de Desarrollo Minero, Subsecretaría de Contratación Minera y las Subsecretarías Regionales de Minería del Ministerio escindido. Serán adscritas al Ministerio de Minería la Agencia de Regulación y Control Minero y el Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico, debiendo observarse además las disposiciones específicas para la Empresa Nacional Minera.
El Ministerio de Minería, en su calidad de Ministerio Sectorial, será el rector y ejecutor de la política minera, en tal virtud el encargado de formular, planificar, dirigir, gestionar y coordinar la aplicación de directrices, planes, programas y proyectos del sector minero.
Asimismo, se modifica la denominación del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables por la de Ministerio de Hidrocarburos.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 448, 28 de febrero de 2015.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No