Decreto Nº 990 - Crea el Comité Interinstitucional del Mar (CIM) y la Secretaría Técnica del Mar.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto crea el Comité Interinstitucional del Mar (CIM), que tiene como objetivo articular las acciones que desarrollan las distintas instituciones del Estado en relación con el mar, adaptándolas a la nueva estructura democrática del Estado, lo cual permitirá un sistema coherentemente articulado de permanente y continua colaboración interinstitucional. El Comité Interinstitucional del Mar (CIM) tendrá las siguientes atribuciones: 1) Aprobar y coordinar la política nacional relativa al espacio marítimo; 2) Planificar la política nacional para el desarrollo de los intereses marítimos del Estado; 3) Vigilar que la cooperación interministerial para temas del territorio marino costero guarde concordancia con la política intersectorial establecida; 4) Establecer políticas que permitan armonizar las actividades de las direcciones, institutos y otros organismos nacionales, relacionados con el espacio marítimo, a efectos de definir sus competencias y evitar superposición de atribuciones.
El presente Decreto crea la Secretaría Técnica del Mar, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, para la coordinación de la implementación y el seguimiento de la política de desarrollo del territorio marino costero. La Secretaría Técnica del Mar tendrá las siguientes atribuciones: 1) Coordinar de manera integral las políticas nacionales atinentes a la problemática del espacio marino; 2) Efectuar estudios relacionados al desarrollo del espacio marino-costero; 3) Realizar seguimiento y monitoreo de las actividades que desarrollen las instituciones públicas en el espacio marino, con la finalidad de verificar que se enmarquen dentro de las políticas nacionales definidas; 4) Articular la ejecución de sus planes, programas, proyectos con las diferentes instituciones, para asegurar la adecuada implementación de la política nacional del espacio marino sistematizado de información recabada.
El presente Decreto crea la Secretaría Técnica del Mar, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, para la coordinación de la implementación y el seguimiento de la política de desarrollo del territorio marino costero. La Secretaría Técnica del Mar tendrá las siguientes atribuciones: 1) Coordinar de manera integral las políticas nacionales atinentes a la problemática del espacio marino; 2) Efectuar estudios relacionados al desarrollo del espacio marino-costero; 3) Realizar seguimiento y monitoreo de las actividades que desarrollen las instituciones públicas en el espacio marino, con la finalidad de verificar que se enmarquen dentro de las políticas nacionales definidas; 4) Articular la ejecución de sus planes, programas, proyectos con las diferentes instituciones, para asegurar la adecuada implementación de la política nacional del espacio marino sistematizado de información recabada.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 617, 12 de enero de 2012.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
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