Resolución Nº 18-232 ─ Simplifica el Instructivo que contiene el Registro de Importadores de Neumáticos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución simplifica el Instructivo que contiene el Registro de Importadores de Neumáticos, que incorpora a la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) el Registro de Importadores Neumáticos, en base al cumplimiento del Índice de reencauche y del plan de gestión de neumáticos usados, aplicables a la importación de neumáticos, conforme las Resoluciones Nº 9 y 15 de 2014 del Comité de Comercio Exterior (COMEX). Entiéndase como Índice de reencauche, a la relación entre el número de neumáticos importados de las subpartidas correspondientes, y los neumáticos que hayan sido reencauchados, calculados de manera proporcional al uso.
Con el propósito de aportar a la reutilización de neumáticos, el registro está sujeto a que el importador representante de la marca, así como de sus distribuidores y comercializadores, en aplicación del principio de responsabilidad ambiental extendida, promueva el reencauche de la marca de neumáticos que comercializa en el país. Se establece que el índice de reencauche para el año 2018 se mantendrá en el 30%, el mismo que se incrementará en un 7% anual, hasta alcanzar el cien por ciento (100%) de reencauche.
Con el propósito de aportar a la reutilización de neumáticos, el registro está sujeto a que el importador representante de la marca, así como de sus distribuidores y comercializadores, en aplicación del principio de responsabilidad ambiental extendida, promueva el reencauche de la marca de neumáticos que comercializa en el país. Se establece que el índice de reencauche para el año 2018 se mantendrá en el 30%, el mismo que se incrementará en un 7% anual, hasta alcanzar el cien por ciento (100%) de reencauche.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 300, 7 de agosto de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No