Resolución Nº 63 - Notificación de las agencias certificadoras de la emisión o suspensión de los certificados orgánicos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución dispone que las agencias certificadoras notifiquen al Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA), en el transcurso de los tres días hábiles siguientes de la emisión o suspensión de los certificados orgánicos, cuando cualquiera de estas medidas hayan sido tomadas en base a la conclusión de que el producto CUMPLE o NO con los reglamentos técnicos vigentes.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 472, 21 de noviembre de 2008.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No