Resolución Nº 65 - Dispone que sean indefinidos los registros de operadores de productos de uso veterinario así como los registros de productos de uso veterinario que hayan sido registrados antes del 10 de marzo de 2017.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución dispone que los registros de operadores (fabricantes, elaboradores por contrato, formuladores, importadores, exportadores distribuidores y/o comercializadores) de productos de uso veterinario, así como los registros de productos de uso veterinario, que hayan sido registrados antes del 10 de marzo de 2017, serán indefinidos.
Los productos veterinarios que obtuvieron el registro durante la etapa de transición de la Agencia Ecuatoriana del Aseguramiento de la Calidad del Agro (AGROCALIDAD), es decir, antes del 2 de diciembre de 2008, deberán renovarlo conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 3 de 2017.
Los productos veterinarios que obtuvieron el registro durante la etapa de transición de la Agencia Ecuatoriana del Aseguramiento de la Calidad del Agro (AGROCALIDAD), es decir, antes del 2 de diciembre de 2008, deberán renovarlo conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 3 de 2017.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 6 Suplemento, 2 de junio de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No