Resolución Nº 8 - Actualiza el procedimiento para el establecimiento de requisitos fitosanitarios provisionales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución actualiza el procedimiento para el establecimiento de requisitos fitosanitarios provisionales, por única vez para la importación de material vegetal de propagación con fines productivos, originarios de países que no cuenten con requisitos fitosanitarios de importación para el producto requerido y que aporten al desarrollo agropecuario del país, los cuales deberán ser priorizados y justificados por la entidad competente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
Las personas naturales o jurídicas interesadas en importar material vegetal de propagación con fines productivos mediante el establecimiento de requisitos fitosanitarios provisionales, previo a la emisión del aval por parte de la entidad competente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), deberá consultar a la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, si el producto relacionado con la importación está asociado a plagas cuarentenarias de alto riesgo fitosanitario (por ejemplo, FOC R4T, HLB y otras que la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario considere), si las mismas se encuentran presentes en el país de origen del material vegetal de propagación, la Institución negará la emisión del Requisito Fitosanitario de Importación provisional por seguridad fitosanitaria del país, indicando que es necesario realizar un estudio de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP).
Las personas naturales o jurídicas interesadas en importar material vegetal de propagación con fines productivos mediante el establecimiento de requisitos fitosanitarios provisionales, previo a la emisión del aval por parte de la entidad competente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), deberá consultar a la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, si el producto relacionado con la importación está asociado a plagas cuarentenarias de alto riesgo fitosanitario (por ejemplo, FOC R4T, HLB y otras que la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario considere), si las mismas se encuentran presentes en el país de origen del material vegetal de propagación, la Institución negará la emisión del Requisito Fitosanitario de Importación provisional por seguridad fitosanitaria del país, indicando que es necesario realizar un estudio de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP).
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 207, 23 de marzo de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No