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Resolución Nº DIR-ARCA-006-2017 ─ Normativa técnica para el establecimiento de criterios técnicos y actuariales para la determinación de costos sostenibles en la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento y, para la fijación de tarifas por los prestadores públicos de estos servicios.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución aprueba la Regulación DIR-ARCA-RG-006-2017 que adopta la Normativa técnica para el establecimiento de criterios técnicos y actuariales para la determinación de costos sostenibles en la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento y, para la fijación de tarifas por los prestadores públicos de estos servicios. La presente regulación debe ser aplicada exclusivamente por los prestadores públicos de servicios de agua potable y/o saneamiento ambiental ubicados en las áreas urbanas del territorio continental e insular del Ecuador.
La fijación de tarifas por los servicios públicos de agua potable y saneamiento ambiental deberán regirse por los siguientes principios: 1) Solidaridad: conseguir que los altos consumidores de los servicios favorezcan a los bajos consumidores, con el fin de que éstos reciban el servicio a un valor que pueda ser asumido, sin afectar la sostenibilidad del servicio; 2) Equidad: permitir que situaciones iguales son objeto de idéntico nivel de tarifa; también coincide la finalidad de la equidad con los principios básicos de la solidaridad y la garantía del derecho humano al agua; 3) Sostenibilidad: permitir la gestión de los servicios públicos básicos de manera autónoma, financiados por los consumidores en garantía del derecho humano al agua; 4) Periodicidad: permitir la adaptación y revisión periódica a nuevas circunstancias y consecución de la sostenibilidad; 5) Transparencia: informar y mantener informados a los consumidores de los servicios sobre la gestión de la prestación, los estudios tarifarios, subsidios y sus costos asociados; 6) Eficiencia: optimizar el uso de los recursos en la prestación de los servicios y su consumo; las tarifas no podrán trasladar a los consumidores los costos de una gestión ineficiente.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 190 Suplemento, 28 de febrero de 2018 y 191 Suplemento, 1º de marzo de 2018.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No