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Instrucción IS/30 - Requisitos del programa de protección contra incendios en centrales nucleares. Revisión 2.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Instrucción tiene por objeto requerir a los titulares de las centrales nucleares un programa de protección contra incendios y definir los criterios que debe cumplir dicho programa. El titular de la autorización de explotación de una central nuclear deberá adoptar el principio de defensa en profundidad en la protección contra incendios, implantando medidas para evitar un incendio antes de su inicio; para detectarlo, controlarlo y extinguirlo lo antes posible en caso de que éste se produzca; y para evitar la propagación del mismo a otras áreas que puedan afectar a la seguridad. El titular de la autorización de explotación de una central nuclear deberá garantizar, mediante confinamiento en áreas de fuego, que un incendio que no se pueda extinguir dejará libre de daño, al menos, uno de los trenes redundantes de parada segura, de forma que la central pueda alcanzar y mantener dicha parada segura y que se minimice la posibilidad de liberaciones radiactivas al exterior.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 289, 30 de noviembre de 2016.
Source language

Spanish

Legislation status
in force
Legislation Amendment
No