This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente ley tiene por objeto la regulación, en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las siguientes materias: 1. la adopción de medidas de conservación, protección y regeneración de los recursos marinos vivos; 2. el ejercicio de la pesca, el marisqueo y la acuicultura marina; 3. la ordenación del sector pesquero gallego; 4. la ordenación, adecuación y mejora de la flota pesquera gallega; 5. la comercialización, manipulación, transformación y conservación de los productos pesqueros; 6. la formación, investigación y desarrollo tecnológico en materia marítimo-pesquera; 7. la inspección y control de las materias contempladas en este artículo; y 8. el régimen sancionador de las materias contempladas en este artículo.
La ley se estructura en catorce títulos, trece disposiciones adicionales, siete disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales, a saber: disposiciones generales (I); conservación y gestión de los recursos pesqueros y marisqueros (II); de la pesca marítima (III); del marisqueo (IV); de la acuicultura marina (V); de la flota pesquera gallega (VI); de los agentes del sector pesquero y órganos asesores en materia de pesca (VII); de la comercialización, transformación y promoción de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura (VIII); del desarrollo sostenible de las zonas de pesca (IX); de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación (X); de la formación marítimo-pesquera (XI); de la inspección, control, salvamento marítimo y lucha contra la contaminación (XII); de los registros (XIII); y finalmente del régimen sancionador (XIV).
En particular, el título XIV que regula el régimen sancionador configurando un marco jurídico aplicable al incumplimiento de la normativa vigente, recoge la tipificación de las infracciones y sanciones en materia de pesca profesional y recreativa en aguas interiores, marisqueo y acuicultura que son competencias exclusivas de la comunidad autónoma, y desarrolla el régimen sancionador de la legislación básica del Estado en materia de ordenación del sector y comercialización de productos pesqueros. Además, entre las novedades introducidas por la ley, se recogen nuevas actividades e instrumentos para favorecer, en el nuevo contexto del Fondo Europeo de la Pesca, la creación de sinergias que permitan interrelacionar la pesca y las poblaciones costeras de Galicia. Entre estas nuevas oportunidades están la pesca de turismo o el turismo marinero, las rutas turísticas de conocimiento de la actividad pesquera y marisquera y el aprovechamiento de las estructuras portuarias para divulgar el patrimonio cultural marinero.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº núm. 15, de 17 de enero de 2009
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No