Orden APM/189/2018 - Determina cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria destinados a alimentación animal, son subproductos con arreglo a la Ley de residuos y suelos contaminados.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Orden determina cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria destinados a alimentación animal, son considerados subproductos con arreglo a la Ley de residuos y suelos contaminados. Los requisitos para la consideración como subproductos de los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria, son que los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria, cuando se destinen a alimentación animal y estén incluidos en uno de los tres listados comunitarios de sustancias autorizadas para la alimentación animal, serán considerados subproductos, conforme a lo establecido en el artículo 4º de la Ley de residuos y suelos contaminados, siempre y cuando cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en la legislación europea, estatal y autonómica relativas a la alimentación animal. En caso de que los requisitos mencionados no se cumplan, los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria no serán considerados subproductos conforme a la Ley de residuos y suelos contaminados, y por tanto no podrán ser destinados a alimentación animal, debiendo gestionarse conforme a lo establecido en la Ley con el fin de asegurar su correcta gestión y proteger adecuadamente la salud humana y el medio ambiente.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 51, 27 de febrero de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No