Orden APM/397/2018 - Determina cuándo los recortes de espuma de poliuretano utilizados en la fabricación de espuma compuesta se consideran subproductos con arreglo a la Ley de residuos y suelos contaminados.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Orden determina que los recortes de espuma de poliuretano procedentes del proceso de producción de espuma de poliuretano utilizados para la elaboración de espuma compuesta se consideran subproductos cuando se cumplan los requisitos establecidos en esta Orden, aplicable en todo el territorio nacional. El productor que desee gestionar los recortes de espuma de poliuretano como subproducto, para su uso en la fabricación de espuma compuesta, deberá presentar una declaración responsable ante el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde se generan, indicando en dicha declaración el usuario o usuarios previstos. Si el usuario se ubica en una Comunidad Autónoma distinta de la del productor, el productor enviará copia de la declaración responsable al órgano competente de la Comunidad Autónoma de destino. Los usuarios de los recortes de espumas de poliuretano llevarán un archivo cronológico de las cantidades utilizadas y su procedencia, que deberá mantenerse y estar a disposición de la autoridad competente durante un período de 3 años.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 95, 19 de abril de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No