Orden APM/528/2018 - Define las explotaciones de ganado y animales asegurables, condiciones técnicas de explotación y manejo, periodo de garantía y suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado ovino y caprino.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Orden, a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), define las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y de manejo, el ámbito de aplicación, periodo de garantía, periodo de suscripción y valor unitario de los animales, en relación con el seguro de explotación de ganado ovino y caprino.
Tendrán la condición de explotaciones asegurables en el ámbito de aplicación del seguro, las explotaciones de ovino y caprino que cumplan con los siguientes requisitos: 1) Tener asignado un código de explotación del Registro general de explotaciones ganaderas (REGA); 2) Cumplir con lo establecido en el sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina; 3) Las explotaciones registradas como ganaderías ecológicas deberán estar sometidas a los controles oficiales que las certifiquen como tales efectuados por la autoridad competente u organismo de control de agricultura ecológica reconocido, así como disponer de un libro de control sanitario debidamente actualizado y diligenciado; 4) Las explotaciones amparadas bajo la denominación de calidad Indicación Geográfica Protegida (IGP), sometidas a los controles oficiales de verificación del Pliego de Condiciones que las certifiquen como tales; 5) Las explotaciones de ovino y caprino que suscriban la garantía adicional de retirada de cadáveres en zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas.
Tendrán la condición de explotaciones asegurables en el ámbito de aplicación del seguro, las explotaciones de ovino y caprino que cumplan con los siguientes requisitos: 1) Tener asignado un código de explotación del Registro general de explotaciones ganaderas (REGA); 2) Cumplir con lo establecido en el sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina; 3) Las explotaciones registradas como ganaderías ecológicas deberán estar sometidas a los controles oficiales que las certifiquen como tales efectuados por la autoridad competente u organismo de control de agricultura ecológica reconocido, así como disponer de un libro de control sanitario debidamente actualizado y diligenciado; 4) Las explotaciones amparadas bajo la denominación de calidad Indicación Geográfica Protegida (IGP), sometidas a los controles oficiales de verificación del Pliego de Condiciones que las certifiquen como tales; 5) Las explotaciones de ovino y caprino que suscriban la garantía adicional de retirada de cadáveres en zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 127, 25 de mayo de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No