Orden de 1º de septiembre de 1997 - Intensidad lumínica de los focos de los botes auxiliares de los buques de cerco en el Mediterráneo.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Orden, que será de aplicación a los buques españoles que ejerzan la actividad pesquera de cerco en todo el caladero nacional del Mediterráneo por fuera de aguas interiores y en aguas jurisdiccionales españolas así como en alta mar, establece que el número máximo de bombillas por buque será de 12, con una intensidad lumínica máxima de 500 watios, de modo que en ningún momento se exceda de una intensidad lumínica total de 6 000 watios por buque cerquero.
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Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 219, 12 de septiembre de 1997, págs. 27038 y 27039.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No