Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
Este real decreto tiene como objeto el establecimiento de los requisitos para la autorización de las entidades de control lechero y de la normativa básica para la coordinación y funcionamiento en España del control de rendimiento lechero en las razas de ganado de las especies bovina, ovina y caprina, con la finalidad de la determinación del valor genético y los méritos u otras capacidades de los reproductores, en el marco del programa de cría aprobado para cada raza.
El Decreto se aplica: a) A las entidades de control lechero, las asociaciones u organizaciones de criadores de razas puras y a los animales reproductores inscritos en libros genealógicos de la especie bovina, ovina y caprina, que participen en el control de rendimiento lechero. b) A los controladores autorizados para la realización del control de rendimiento lechero. c) A los laboratorios de control lechero, titulares de las explotaciones y medios materiales regulados en el presente real decreto. d) A las autoridades competentes en la aplicación del presente real decreto.
El texto establece los requisitos de autorización y las funciones de las entidades de control lechero; igualmente dispone normas para el desarrollo del control del rendimiento lechero y identifica las estructuras y herramientas de coordinación y apoyo del control lechero.
Además el Decreto regula la supervisión del control del rendimiento lechero y pone las bases reguladoras de las subvenciones a este control.
El Decreto se aplica: a) A las entidades de control lechero, las asociaciones u organizaciones de criadores de razas puras y a los animales reproductores inscritos en libros genealógicos de la especie bovina, ovina y caprina, que participen en el control de rendimiento lechero. b) A los controladores autorizados para la realización del control de rendimiento lechero. c) A los laboratorios de control lechero, titulares de las explotaciones y medios materiales regulados en el presente real decreto. d) A las autoridades competentes en la aplicación del presente real decreto.
El texto establece los requisitos de autorización y las funciones de las entidades de control lechero; igualmente dispone normas para el desarrollo del control del rendimiento lechero y identifica las estructuras y herramientas de coordinación y apoyo del control lechero.
Además el Decreto regula la supervisión del control del rendimiento lechero y pone las bases reguladoras de las subvenciones a este control.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Boletín Oficial del Estado Núm. 172 Jueves 20 de julio de 2023 Sec. I. Pág. 104634.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Repeals