Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, establece las normas sobre sanidad y protección de los animales durante el transporte, actualizando la normativa anterior para garantizar el bienestar animal y mejorar los controles oficiales.
El decreto pretende reforzar la protección de los animales durante el transporte armonizando las normas nacionales con las europeas y mejorando la trazabilidad y los controles. Los cambios, por respecto de la normativa anterior, incluyen requisitos más estrictos para los transportistas y las instalaciones, y mayores responsabilidades para los operadores implicados.
El Decreto se aplica a transportistas, medios de transporte, contenedores y operadores implicados en el transporte de animales vivos, con exclusiones específicas para animales de compañía (si no se transportan para actividades económicas) e invertebrados (excepto abejas y algunos invertebrados acuáticos).
Los transportistas y los medios de transporte deben estar autorizados y registrados por las autoridades competentes. Las autorizaciones tienen una validez máxima de 5 años y pueden suspenderse en caso de infracción. Existen diferentes tipos de autorizaciones en función de la duración del viaje y exenciones para el transporte local o no comercial.
Los transportistas deben garantizar que los animales son aptos para el transporte, que van acompañados de la documentación necesaria (como certificados sanitarios y planes de contingencia) y que el personal está debidamente formado. Los organizadores deben planificar los viajes, asegurarse de que los transportistas están autorizados y, en el caso de las exportaciones, enviar información previa a los servicios veterinarios. Las personas que manipulen animales durante el transporte deben recibir formación en bienestar animal, con certificados de competencia expedidos por las autoridades.
Las exportaciones de animales vivos deben realizarse a través de puertos o aeropuertos autorizados, que deben cumplir requisitos específicos para garantizar el bienestar de los animales. Los puntos de entrada de vehículos que transporten animales o piensos procedentes de fuera de la UE deben estar designados y equipados con instalaciones de limpieza y desinfección.
Las autoridades competentes realizan inspecciones y pueden suspender las autorizaciones en caso de infracción. El régimen de sanciones se basa en las leyes nacionales de protección y sanidad animal.
El decreto pretende reforzar la protección de los animales durante el transporte armonizando las normas nacionales con las europeas y mejorando la trazabilidad y los controles. Los cambios, por respecto de la normativa anterior, incluyen requisitos más estrictos para los transportistas y las instalaciones, y mayores responsabilidades para los operadores implicados.
El Decreto se aplica a transportistas, medios de transporte, contenedores y operadores implicados en el transporte de animales vivos, con exclusiones específicas para animales de compañía (si no se transportan para actividades económicas) e invertebrados (excepto abejas y algunos invertebrados acuáticos).
Los transportistas y los medios de transporte deben estar autorizados y registrados por las autoridades competentes. Las autorizaciones tienen una validez máxima de 5 años y pueden suspenderse en caso de infracción. Existen diferentes tipos de autorizaciones en función de la duración del viaje y exenciones para el transporte local o no comercial.
Los transportistas deben garantizar que los animales son aptos para el transporte, que van acompañados de la documentación necesaria (como certificados sanitarios y planes de contingencia) y que el personal está debidamente formado. Los organizadores deben planificar los viajes, asegurarse de que los transportistas están autorizados y, en el caso de las exportaciones, enviar información previa a los servicios veterinarios. Las personas que manipulen animales durante el transporte deben recibir formación en bienestar animal, con certificados de competencia expedidos por las autoridades.
Las exportaciones de animales vivos deben realizarse a través de puertos o aeropuertos autorizados, que deben cumplir requisitos específicos para garantizar el bienestar de los animales. Los puntos de entrada de vehículos que transporten animales o piensos procedentes de fuera de la UE deben estar designados y equipados con instalaciones de limpieza y desinfección.
Las autoridades competentes realizan inspecciones y pueden suspender las autorizaciones en caso de infracción. El régimen de sanciones se basa en las leyes nacionales de protección y sanidad animal.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática «BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2022 Referencia: BOE-A-2022-19912.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No