Real Decreto Nº 157/1995 - Condiciones de preparación, de puesta en el mercado y de utilización de los piensos medicamentosos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Real Decreto establece los requisitos que deberán cumplir los piensos medicamentosos en su preparación, comercialización y utilización, además de los requisitos de policía sanitaria. Transpone al ordenamiento jurídico interno la Directiva 90/167/CEE, del Consejo, de 26 de marzo, por la que se establecen las condiciones de preparación, de puesta en el mercado y de utilización de los piensos medicamentosos, marca los requisitos a tener en cuenta, tanto desde el punto de vista de la incidencia sobre el desarrollo racional de la ganadería, cuanto para garantizar la protección de la salud pública contra los peligros eventuales derivados de la administración de piensos medicamentosos a animales destinados a la producción de alimentos para el consumo humano. Exige además dicha normativa que tales piensos, por lo que respecta al componente medicamentoso, deben respetar las normas aplicables a los medicamentos veterinarios y que, en consecuencia, sólo deben emplearse premezclas medicamentosas autorizadas, así como que la entrega de piensos medicamentosos ha de efectuarse mediante prescripción de un veterinario.
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Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 64, 16 de marzo de 1995, págs. 8392-8399.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No