Real Decreto Nº 229/1998 - Modifica el Real Decreto Nº 1.047/1994, sobre normas mínimas para la protección de terneros.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Real Decreto modifica el artículo 3º y el anexo del Real Decreto Nº 1.047/1994. El artículo 3º modificado dispone que a partir del 1º de enero de 1998, no se mantendrá encerrado a ningún ternero de más de ocho semanas de edad en recintos individuales, a menos que un veterinario haya certificado que su salud o comportamiento requiere que se aísle, y que en el caso de los terneros criados en grupo el espacio libre de que disponga cada animal deberá ser igual, por lo menos, a 1,5 metros cuadrados para cada ternero de peso vivo inferior a 150 kilogramos, y, al menos, de 1,7 metros cuadrados para cada ternero de un peso vivo superior a 150 kilogramos pero inferior a 220 kilogramos, y, al menos, de 1,8 metros cuadrados para cada ternero de un peso vivo superior a 220 kilogramos. Las modificaciones del anexo se refieren a la estabulación de los animales.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 41, 17 de febrero de 1998, págs. 5571 y 5572.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No