Real Decreto Nº 418/2015 - Regula la primera venta de los productos pesqueros.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Real Decreto tiene por objeto regular la primera venta de los productos pesqueros, entendidos como tales los procedentes de la pesca extractiva marítima y de aguas continentales, el marisqueo, la acuicultura y la producción de algas así como la recolección de argazos. Se entiende por primera venta la que se realice por primera vez dentro del territorio comunitario y en la cual se acredite documentalmente el precio del producto pesquero, con ocasión de su desembarque, o cualquier otra modalidad de entrada en el territorio nacional. A efectos del presente real decreto, se considerará realizada la primera venta en el caso de productos pesqueros procedentes de terceros países, en el momento de su entrada en el territorio nacional por cualquier vía, debiendo cumplirse los requisitos establecidos que les afecten. Asimismo, en el caso de que se produzca la primera venta de productos de buques pesqueros españoles en países terceros, deberá comunicarse el contenido de la transacción a la Secretaría General de Pesca.
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Date of text
Notes
Deroga diversas Ordenes.
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 149, 23 de junio de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Repeals